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ENORME DESCUIDO NO SUPERVISAR LA APLICACIÓN DEL ACUERDO SE/013/27-12-05

 

Prof. José María Félix Soto                 20 de Noviembre 2008

 Ex Secretario General de la Sección 37 del S.N.T.E., 1986-1989

Colaborador de Portal Sección 37

Las únicas fuentes de financiamiento que ISSSTECALI tiene como institución que atiende la salud y seguridad  social de los trabajadores y sus familiares, son las CUOTAS que del salario nos retiene el patrón, y las APORTACIONES  del Estado que se enuncian en los Presupuestos de Egresos que autoriza el Congreso para su ejercicio. El artículo 16 de la Ley de ISSSTECALI determina el monto de las cuotas de los trabajadores, en tanto que el artículo 21 las aportaciones de los patrones.

Con el consenso de los dirigentes sindicales de burocracia y magisterio estatales, el 15 de Junio de 1994 fueron reformados  a la alza los porcentajes de cuotas y aportaciones, con el propósito de que ISSSTECALI recibiera un mayor flujo de recursos y con ello pudiera cumplir sus obligaciones. La última reforma de 28 de Febrero de 1997, determina para trabajadores de (base) una retención total del 12% de su salario; en tanto que para patrones el 19%. Con el 31% del salario de los trabajadores, ISSSTECALI debería ser una de las instituciones de salud y seguridad social del país con los mas altos ingresos .

Sin embargo y a pesar de los incrementos, los recursos continuaron sin alcanzar para el pago de pensionados y jubilados, obligando a la dirigencia de la Sección 37 a consultar a sus bases, la posibilidad de autorizar un nuevo incremento en sus CUOTAS. La consulta de fines de 2005 autorizo al dirigente de la Sección 37 a celebrar el ACUERDO SE/013/27-12-05, el cual se  firmo el 27 de Diciembre de 2005 con el Poder Ejecutivo. El ACUERDO  determina incrementos a las CUOTAS de los trabajadores de 1.75% en  2006, 1.75% en 2007, 0.25% en 2008 y 0.25% en 2009; en tanto el Estado incrementaría sus APORTACIONES con 4.00% en 2006, 4.00% en 2007, 2.00% en 2008 y 2.00% mas en 2009. En atención al ACUERDO, a partir del 1 de Enero de 2006 los porcentajes enunciados en la Ley solo aplicarían a burócratas, en tanto que la Sección 37 y ejecutivo del Estado de B.C. se regirían por el ACUERDO. 

En el análisis de los Presupuestos de Egresos 2006, 2007 y 2008, que fueron presentados en mi colaboración de 5 de Noviembre de 2008,sustento  las razones por las que aseguro  que el ESTADO nunca ha cumplido con el Acuerdo que suscribió con la Sección 37, y que en cambio SI aplico a los trabajadores, como se comprueba en las Claves B3 y B4 de los talones de cheque. Por eso aseguro que el Estado no ha enterado mas de 1200 millones de pesos a ISSSTECALI, pues nunca los  presupuesto. 

Esta acción dolosa de las autoridades del Poder Ejecutivo del gobierno de Eugenio Elorduy Walther, exige que nuestros  dirigentes sindicales soliciten de inmediato a los Diputados de la H. XIX Legislatura del Estado, realice una exhaustiva investigación a efecto de que los recursos que corresponden a ISSSTECALI, le sean cubiertos en los términos pactados en el ACUERDO, y los que la propia ley determina. A la vez, debe solicitarse NO se autorice el ejercicio del  PRESUPUESTO 2009, en tanto el Poder Ejecutivo Estatal no celebre CONVENIO de pago del adeudo de APORTACIONES PATRONALES DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL por las anualidades 2006, 2007y 2008. Así como que el PRESUPUESTO DE EGRESOS 2009, contemple las PARTIDAS 10432 y 10532 en los términos del ACUERDO SE/013/27-12-05. Además de que a todos aquellos que incumplieron sus obligaciones y cometieron delito, se les instruya juicio político, y se les aplique las Leyes que correspondan.

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