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La sección 37

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 ISSSTECALI, ENORME RETO PARA ALBERTO MARTÍNEZ CARRILLO

Profr. José María Félix Soto

Ex Secretario General de la Sección 37 del S.N.T.E., 1986-1989

Colaborador de Portal 37

9 de Marzo de 2011

 

                Algo tendrá que hacer Alberto Martínez Carrillo y su Comité Ejecutivo Seccional, para enfrentar los grandes problemas de ISSSTECALI que su antecesor soslayó, seguramente por los compromisos políticos que lo ligaron con el gobierno y los directivos de la Institución, ya que en sus manos estuvo poder acabar con el REZAGO de pensiones y jubilaciones y no lo hizo; a pesar de contar  con el apoyo de la XIX LEGISLATURA del Estado, la cual en PLENO aprobó un “Punto de Acuerdo Económico” por el que exhortaba al Ejecutivo a resolver en definitiva el problema.

 

                Aparte de que sin duda sabía que podía contar con DOS instrumentos muy valiosos que   ayudarían a resolver el problema:

                1.- “EL CONVENIO DE APOYO AL SISTEMA DE PENSIONES DE ISSSTECALI” que se firmó el 10 de Abril de 1997 por la Oficialía Mayor de Gobierno y la Dirección de ISSSTECALI, por el que el ESTADO se comprometió a subsidiar las pensiones y jubilaciones de sus trabajadores, a efecto de cumplir con las alternativas a que lo obliga el ARTICULO 128 de la Ley de ISSSTECALI, con respecto a las que enmarcan los Artículos 151 y 152 de la Ley del Servicio Civil.

 

2.- Y el “ACUERDO SE/013/27-12-05”  que firmaron el Secretario de Planeación y Finanzas, el Oficial Mayor de Gobierno y el Secretario de Salud de Baja California el 27 de Diciembre de 2005, con el Secretario General de la Sección 37 en turno, para incrementar las CUOTAS de los trabajadores del 12 al 16 %, y las APORTACIONES patronales del 19 al 31 %, tomando como base los valores de los salarios de los trabajadores (ARTICULO 16 LEY DE ISSSTECALI). DOS valiosísimas armas que no sabemos ¿por qué nunca quiso utilizar el Profr. Carranza?.

 

El primero tiene como objetivo que el derecho de los trabajadores a pensionarse o jubilarse nunca se vea restringido, y aunque el ESTADO dejó de cumplirlo a partir de 2006, dejando de aportar a ISSSTECALI el monto que el LEGISLATIVO le autorizaba cada año; NUNCA HA DEJADO DE TENER VIGENCIA. A la deliberada cancelación subsidiaria, se aunó el descuido de los dirigentes sindicales de no exigir su aplicación, resultando así el enorme REZAGO existente.  

 

El segundo, que es el ACUERDO SE/013/27-12-05, desde su origen tuvo el propósito de sumar más recursos a ISSSTECALI, para mejorar los servicios médicos y apoyar el sistema de pensiones y jubilaciones del magisterio; pero el ESTADO nunca ha cumplido cabalmente con los PORCENTAJES que le corresponden; en cambio SI aplica los que corresponden a los trabajadores.  

 

                Seguramente que Martínez Carrillo tendrá que retomar estos DOS instrumentos, pues  resulta que ahora, -al rezago en pensiones y jubilaciones,- se le suma un gran DÉFICIT en instalaciones hospitalarias y de consulta, de medicinas, médicos y enfermeras; necesarios para atender a tantos miles de asegurados y derechohabientes que ahora tiene ISSSTECALI, pues su membresía se ha doblado en número, en virtud de que se ha permitido el acceso a varias corporaciones de trabajadores para que reciban SERVICIOS MÉDICOS, aunque las instalaciones y personal no hayan crecido en la misma proporción.

 

            Esa es una de las razones por las que el XXVIII Congreso Extraordinario de la Sección 37 se pronunció y aprobó el RESOLUTIVO que mandata al C.E. Seccional a: “que busque separar los servicios médicos de ISSSTECALI de los demás trabajadores”; ya que es altamente INEQUITATIVO que los agremiados de la Sección 37 COTICEMOS estos servicios al 04 % de nuestro salario desde Enero de 2006 (B3 de los talones de cheque), en tanto que los demás trabajadores lo siguen haciendo al 03 % como lo establece el Artículo 16 de la Ley de ISSSTECALI. Consecuentemente las APORTACIONES de salud del ESTADO se incrementaron del 9 al 12 %, en tanto la de los demás trabajadores se quedaron al 09 %, como establece el Artículo 21 de la Ley.

 

Por eso es que los trabajadores agremiados en la Sección 37 y el Estado, financiamos con un 04 % más de lo que establece la Ley, los servicios médicos de los otros trabajadores.  

 


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