No hay resolución ante Ley del ISSSTE
el-mexicano.com.mc 15 octubre 2007
Autor: maría elena díaz

MEXICALI. La Unidad Jurídica del ISSSTE en Baja California, representante legal del Instituto en el Estado, señaló que lo mencionado por el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en relación a aceptar las demandas de suspensión de la ley, solo gira en el sentido de admitir aquellas que hayan cumplido ciertos requisitos, pero no implica de ninguna manera que sea una resolución final o definitiva.
El jefe de la Unidad Jurídica del ISSSTE, Ricardo Aguilera Raygoza, informó que si bien es cierto que la Suprema Corte de Justicia admitirá aquellas demandas que cumplan con requisitos formales como nombre, firma y domicilio del quejoso, autoridad responsable, etc., esto no significa que se vayan a aprobar las suspensiones para la aplicación de la ley.
El presidente de la Suprema Corte de Justicia en ningún momento señaló que se les va a conceder el Amparo, pues no es una facultad del presidente de la Corte, ni de la Suprema Corte, sino del Juez que está conociendo del juicio, que es el juzgado auxiliar de la ciudad de México.
Por otro lado, dijo, tenemos que a la fecha, se ha dictado sentencia en 7 juicios en contra de la Ley del ISSSTE, pero la sentencia ha sido altamente favorable para la Ley, ya que reconocen y legitiman la creación del PensiónISSSTE y las Cuentas Individuales no violentan la Constitución ni los derechos de los trabajadores, no privatiza el sistema de seguridad social, ni mucho menos tiene efectos retroactivos que perjudiquen a los trabajadores, pues la edad mínima de retiro no viola las garantías individuales.
Cabe señalar que de estas 7 sentencias, solamente han concedido el Amparo respecto a dos artículos de la Ley el 20 y 25, que tienen que ver con el cobro de cuentas atrasadas y dejar de prestar servicios a los trabajadores que sus dependencias no paguen las aportaciones, ya que no es justo que al trabajador se le afecte sin haberle respetado su garantía de Audiencia, es decir tiene que ser escuchado el trabajador.
En Baja California, se desconoce el número exacto de amparos, ya que las demandas que fueron recibidas en los diversos juzgados de la entidad, se remitieron por incompetencia al Juzgado de Distrito Auxiliar de la Ciudad de México, por lo que el dato lo debe tener el Poder Judicial en Baja California.