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La sección 37

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INEQUIDAD EN EL PAGO DE CUOTAS DE LOS TRABAJADORES A ISSSTECALI

Profr. José María Félix Soto          25 de Noviembre 2010

Ex Secretario General de la Sección 37 del S.N.T.E., 1986-1989

Colaborador de Portal 37

 

A partir del 1 de Enero de 2006 los trabajadores de la educación agremiados en la Sección 37 del SNTE, pagamos a ISSSTECALI una CUOTA superior  al 12% de nuestro salario, PORCENTAJE que es el que establece para los trabajadores de base el Artículo 16 de la Ley de ISSSTECALI. El incremento del 4 %, se acordó aplicarlo prorrateadamente en 1.75 % en 2006, otro 1.75 % en 2007, 0.25 % en 2008 y otro 0.25 % en 2009, año en que alcanzó el 16 %.

 

Este incremento en nuestras CUOTAS a ISSSTECALI, se inició con la firma del CONVENIO SE/O13/27-12-05 que Carlos Antonio Castro García comprometió con el entonces Gobernador del Estado Lic. Eugenio Elorduy Walther, el 27 de Diciembre de 2005. A cambio y por su parte, el ESTADO como PATRON, se comprometió a través de los funcionarios que firmaron el CONVENIO, a elevar su APORTACION patronal del 19 al 31 %.

 

Los firmantes del CONVENIO fueron los miembros de la JUNTA DIRECTIVA DE ISSSTECALI, máxima autoridad de la Institución, quienes expresaron sobre el Punto No. 3 del ACTA NO. 17, Correspondiente a la 7ma SESION EXTRAORDINARIA, en relación al Incremento en puntos porcentuales de CUOTAS y APORTACIONES para servicio médico y Reserva Técnica del Fondo de Pensiones del Magisterio: Es necesario establecer un esquema de saneamiento de la situación financiera de ISSSSTECALI, mediante el fortalecimiento de la RESERVA TECNICA prevista en el Artículo 129 de la Ley de ISSSTECALI, para el régimen de jubilaciones y pensiones del Magisterio que se encuentren bajo esta Ley, así como garantizar la prestación de los servicios médicos

 

                 Fué claro que con la aceptación y pago de tan elevadas CUOTAS al 16 % para los trabajadores de la educación, y las APORTACIONES PATRONALES DEL ESTADO al 31 %, servicios médicos y jubilaciones quedarían resueltos por muchos años para los trabajadores de la educación agremiados en la Sección 37, por eso y para eso se firmó el ACUERDO SE/013/27-12-05.

 

Sin embargo, cuando ya vamos a cumplir cinco años de su aplicación, la realidad que nos presentan los dos últimos Directores de ISSSTECALI es otra, pués a pesar de los altos ingresos que debieran significar para ISSSTECALI la suma de CUOTAS de los trabajadores y   APORTACIONES del patrón, con un 47 % del total de los salarios de los trabajadores de la educación; la verdad es que los servicios médicos se han deteriorado cada día más, y que  el dinero para pensionar y jubilar a quienes ya cumplieron con su cotización y tiempo, no alcanza.

 

En lo personal creo que a pesar de la enorme INEQUIDAD que significa que unos trabajadores paguen CUOTAS al 12 % como lo establece la Ley, y que los agremiados de la Sección 37 del SNTE sin que se haya modificado el Artículo 16 de la Ley, las paguemos al 16 % como nos obliga el   CONVENIO SE/013/27-12-05, pudiera ser ACEPTADA por el magisterio estatal a pesar de su ILEGALIDAD, si en verdad como se estableció el 27 de Enero de 2005 en el CONVENIO, tuviéramos servicios médicos de mejor calidad y se atendiera el derecho de los trabajadores que ya cumplieron con los requisitos para PENSIONARSE o JUBILARSE; pero el rezago de solicitudes cada día es mayor, situación que los ha obligado a trabajar hasta por 35 años o más.

 

Por otra parte, aunque resulte muy reiterativo para quien haya leído mis anteriores reflexiones sobre este tema, expreso que he realizado varios análisis respecto de la aplicación de los PORCENTAJES acordados como CUOTAS de los trabajadores al 16 %, y de las APORTACIONES PATRONALES DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL al 31 %, y todas me han llevado a la plena seguridad de que a los TRABAJADORES de la educación, SI se les retiene el 16 % de su salario quincenal; y todos podemos comprobarlo si tenemos el cuidado de revisar en los talones de cheque quincenales, sumando los conceptos B3 y B4; y comparándolos con el total de la PERCEPCION. De lo que no podemos estar seguros, es que quien lo RETIENE, que es la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado, lo entregue total y cabalmente a ISSSTECALI.

 

Peor aún: ¿Cómo comprobar que el ESTADO como patrón se aplica y entrega el 31 % del total de los salarios que paga a los trabajadores de la educación a ISSSTECALI?. La única forma que encontré es revisando las cantidades que el propio ESTADO anota en sus PRESUPUESTOS DE EGRESOS como APORTACIONES PATRONALES DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL para ISSSTECALI.

Y aquí el PERO, pues como lo he dado a conocer desde el año 2006 en que se inicia la aplicación del CONVENIO, nunca las cantidades anotadas como APORTACIONES PATRONALES para ISSSTECALI, han sumado los PORCENTAJES completos que al ESTADO le corresponde entregar. Cito como ejemplo aquí, el correspondiente al año 2010, (el cual pueden consultar en Artículos anteriores de su servidor en esta misma página), y que solo suma 25 % como APORTACIONES DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL, cuando el CONVENIO lo obliga a APORTAR el 31 %. Este 6 % no anotado en el PRESUPUESTO DE EGRESOS de 2010, significan mas de 300 millones que deberían ingresar a ISSSTECALI.  

 

   Lo peor es que estas cantidades las programa la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado, y ella es la encargada de RETENERLAS y ENTREGARLAS a ISSSTECALI, lo cual resulta imposible comprobar, ya que de ello no hay una sola EVIDENCIA, como si las hay en el caso de las CUOTAS de los trabajadores que quedan inscritas en los talones de cheque quincenales.     


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